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Cómo acceder a la indemnización por «efectos adversos» de la vacunas Covid
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Cómo acceder a la indemnización por «efectos adversos» de la vacunas Covid

El Ministerio de Salud junto con la Superintendencia de Trabajo anunciaron que indemnizarán a quienes hayan sufrido «efectos adversos» a raíz de haberse aplicado la vacuna contra el coronavirus.

La decisión fue anunciada hoy en el Boletín Oficial, mediante la Resolución 7/2022, y precisa que «a efectos de materializar la asistencia a personas afectadas por eventos adversos de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19, resulta necesario establecer el procedimiento para la tramitación de los reclamos indemnizatorios a ser atendidos con recursos del Fondo de Reparación COVID-19″.

En esa línea explica que se considerará damnificado «a quien habiendo recibido alguna de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19 dentro del Territorio Nacional, en el marco del Plan Estratégico para la Vacunación contra la COVID-19 en la REPÚBLICA ARGENTINA aprobado por Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 2883 de fecha 29 de diciembre de 2020, presente un evento adverso sobre su salud física como consecuencia directa de la vacuna».

Y en cuanto a la indemnización, detalla que «la tramitación del reclamo indemnizatorio ante la Comisiones Médicas Jurisdiccionales requerirá que el evento adverso haya sido previamente notificado a través del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA) por el personal de salud que asista al presunto damnificado o la presunta damnificada, o que tome conocimiento del evento», y agrega que «todos los estudios que demande el trámite deberán ser aportados en forma digital en el expediente administrativo a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), dentro del plazo que establezca la notificación que lo requiera, según las circunstancias del caso». Además, indica que «la realización de los mismos, como su aporte, estará a cargo de la persona que pretenda el reconocimiento resarcitorio«.

Por último, añade: «Establécese que a los fines de la utilización de la Plataforma Trámites a Distancia (TAD) y hasta tanto se genere un motivo de TAD específico en dicho sistema, el interesado o la interesada deberá ingresar su reclamo a través de la opción ‘GENE00558 Presentación Ciudadana ante el Poder Ejecutivo’, en cuyo asunto deberá consignar ‘Efectos adversos derivados de la Vacuna COVID-19′».

 

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