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¿Qué pasa ahora con el DNU tras el rechazo del Senado?
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¿Qué pasa ahora con el DNU tras el rechazo del Senado?

El Senado tuvo este jueves una sesión especial en la que se votó y se rechazó el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 de Javier Milei.

Sin embargo, de acuerdo a la normativa, los DNU tienen carácter de ley ya que es impulsado por el Presidente, pero para quedar firme debe pasar por el Parlamento y ser tratado por ambas cámaras.

El Senado debate el DNU 70/2023 en medio de una feroz interna entre Milei y Villarruel

Según la Ley 26.122, el primero paso es que se debata en la Comisión Bicameral Permanente, conformada por ocho senadores y ocho diputados, la cual tiene 10 días desde que el proyecto es enviado al Congreso para “expedirse acerca de la validez o invalidez del decreto y elevar el dictamen al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento”.

Pero una vez cumplido ese plazo, si la comisión no emitió un dictamen, ambas Cámaras deberán abocarse “al expreso e inmediato tratamiento del decreto” en el recinto para aprobarlo o rechazarlo.

La clara advertencia de Milei a los senadores por la votación del DNU

En el Senado, existe un debate sobre la cantidad de votos que necesitará la oposición para hacer caer el DNU: en caso de que sea por mayoría simple, alcanzará con 37 senadores; pero de hacerlo con la regla de los dos tercios, deberá cosechar al menos 48. Finalmente, se optó por la primera modalidad y la oposición juntó 42 escaños para el primer rechazo.

¿Qué pasará ahora con el decreto de Milei tras ser votado negativamente en la Cámara Alta? El artículo 24 de la Ley 26.122 establece que la normativa firmada por el Presidente quedará derogada si recibe el rechazo de las dos cámaras del Congreso.

Por tal motivo, el DNU 70/2023 aún quedará vigente hasta que sea tratado por Diputados. Si en dicho recinto se vota negativamente, quedará sin efecto; pero si recibe el visto bueno mantendrá su validez.

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