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Consejo de la Magistratura: por qué la Corte rechazó tomarle juramento a Martín Doñate
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Consejo de la Magistratura: por qué la Corte rechazó tomarle juramento a Martín Doñate

La Corte Suprema de Justicia rechazó tomarle juramento al senador del Frente de Todos, Martín Doñate para que forme parte del Consejo de la Magistratura.

Para efectuar esta decisión, los jueces se apoyaron en el fallo que ellos mismos dictaron el pasado 8 de noviembre en el que definieron la designación del legislador como como consecuencia de «un ardid» que llevó a cabo el kirchnerismo en la Cámara de Diputados con el objetivo de obtener un lugar más en el organismo que elige y controla a los magistrados. Si bien ahora se trata de un período nuevo, el máximo tribunal sostuvo que la situación no cambia, debido a que, no se realizaron elecciones.

«Sin perjuicio del distinto carácter y alcance de las funciones administrativas y jurisdiccionales que ejerce esta Corte, mal podría ella, en ejercicio de su competencia administrativa, disponer que el señor Presidente del Tribunal tome juramento al senador Doñate en representación de la segunda minoría de la H. Cámara de Senadores, por cuanto ello implicaría convalidar los efectos de una maniobra que fue declarada inoponible en una sentencia dictada en el ámbito de su competencia jurisdiccional», detalla el texto que lleva la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda.

En esa línea, los jueces recordaron que «el pasado 8 de noviembre esta Corte resolvió en la causa CAF 23440/2022 ‘Juez, Luis Alfredo y otro c/ Honorable Cámara de Senadores de la Nación s/ amparo ley 16.986’ declarar inoponible la partición del Bloque Frente de Todos a los fines de la conformación del Consejo de la Magistratura, en tanto y en cuanto, mediante dicha maniobra, ese bloque mayoritario pretendió que uno de los bloques escindidos (Unidad Ciudadana) desplazara al bloque que representa a la segunda minoría (Frente Pro), violando de ese modo la pluralidad representativa consagrada en la ley 24.937, texto según ley 24.939″.

Por lo tanto, puntualizaron que «este Tribunal consideró que la división del bloque referida no obedeció a fines genuinos sino al objetivo de una fuerza política de ocupar en el Consejo un lugar que no le corresponde, dado que el grupo de senadores que conforman el bloque mayoritario terminaría ocupando tres de los cuatro lugares que corresponden al Senado en el Consejo, cuando la ley 24.937 le asigna al bloque con mayor representatividad solamente dos» y agregaron que «para arribar a tal conclusión, tuvo en cuenta también que no se había producido una nueva elección legislativa que hubiera modificado la composición de la Cámara». «Esta circunstancia, cabe aquí recordar, se mantuvo hasta la designación del senador Doñate», concluyeron.

 

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