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La Justicia se metió en el medio de la polémica por el traslado del monumento de Julio Argentino Roca
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La Justicia se metió en el medio de la polémica por el traslado del monumento de Julio Argentino Roca

Luego de posiciones encontradas y críticas a la decisión de mover el monumento de Julio Argentino Roca ubicado en el Centro Cívico de Bariloche, la Justicia tuvo que intervenir. La gobernadora de Río Negro también se manifestó al respecto.

El juez Federico Emiliano Corsiglia respondió a un amparo presentado en el que se afirmó que la estatua del líder de la Campaña del Desierto no podía ser movida por el municipio de su lugar original.

“Ordenar la prohibición de innovar sobre el estado del monumento al General Roca, situado en el centro cívico de San Carlos de Bariloche Expedicionarios del Desierto, lo que implica la prohibición de cualquier obra sobre el mismo que pudiera modificar su ubicación y/o estado, con excepción de aquellas tareas que fueran necesarias para su mantenimiento y conservación”, escribió Corsiglia en el fallo.

No se entiende muy bien qué móvil tiene ese traslado porque son solo unos cuantos metros y genera una polémica que confronta a la sociedad”, aseguró la gobernadora de Río Negro, Arabela Carreras, y agregó: “La discusión sobre la historia requiere un debate mucho más profundo fuera de los contextos electorales para evitar algún tipo de especulación, pero el cuidado del patrimonio debe ser una prioridad”.

En medio de la polémica, se había barajado la posibilidad de llamar a un plebiscito, pero la iniciativa no prosperó.

“Sería meter a Bariloche en un lío de peleas y campañas que no parece apropiado”, sostuvo el intendente Gustavo Genusso.

Gennuso había sido uno de los impulsores de la idea de mover el monumento, días atrás había afirmado: “Los pueblos originarios se sienten afectados por la presencia de Julio Argentino Roca”, y proponía correrlo a “un lugar que no sea tan central para la mirada de quien va al Centro Cívico, que es utilizado por todos”.

“No hay a esta altura dudas que desde el Poder Ejecutivo existe o existió la intención de modificar el estado actual del monumento en cuanto a su emplazamiento, lo que frente a los términos del art. 41 de la CN, en cuanto se trata de un patrimonio cultural de toda la comunidad, sumado a la presencia de la Ley 25.168, justifica per se la existencia del requisito”, concluyó el fallo judicial.

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