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Cierre del INADI: ¿qué pasa ahora si se registran actos de discriminación en las canchas?
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Cierre del INADI: ¿qué pasa ahora si se registran actos de discriminación en las canchas?

El anuncio del cierre del INADI generó todo tipo de reacciones. Mientras algunos criticaron la medida y otros la celebraron, no faltó también quienes hicieron bromas sobre los hechos de discriminación en el fútbol argentino.

Vuelven los himnos a todas las canchas del fútbol argentino”, “vuelve el folclore” y “revivió el fútbol” fueron algunos de los mensajes que se compartieron en las redes sociales, junto a videos con cantos discriminatorios, racistas y xenófobos. Especialmente, dado que este fin de semana se jugará la fecha de los clásicos.

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Sin embargo, aunque para algunos el cierre del INADI pueda significar una mayor “libertad de expresión”, los hechos de esta naturaleza son fuertemente castigados tanto por AFA, la Conmebol y la FIFA, que pueden aplicar severas sanciones tanto a los hinchas como a los clubes.

De acuerdo al artículo 88 del Reglamento de Transgresiones y Penas de la AFA, “se impondrán las sanciones previstas al club cuyos socios, parcialidad o público partidario ubicado en los sectores asignados a dicha institución, antes, durante o después del partido, exhiban pancartas o símbolos discriminatorios, amenazantes, obscenos, injuriosos u ofensivos a la moral y buenas costumbres, o entonen a coro estribillos o canciones con igual contenido, siempre que estos últimos sean de tal magnitud que resulten nítidamente audibles en un amplio ámbito del estadio”.

Las penas comienzan con una amonestación ante el primer hecho; seguida de una multa económica por el equivalente al valor de 21 a 75 entradas generales si se reitera. De seguir, el Tribunal de Disciplina Deportiva puede multar al club infractor con dos a seis fechas.

Por otro lado, la normativa establece que “en los casos manifiestamente leves o hechos aislados, el Tribunal de Disciplina puede: eximir de pena al club acusado, instándolo a que adopte las medidas pertinentes, para evitar la repetición de tales hechos; y si a juicio del Tribunal de Disciplina, los hechos resultaren de mayor trascendencia, se amonestará al infractor”.

Si reincide en casos manifiestamente leves y/o aislados, de escasas proporciones, se le impondrá al infractor por cada vez que reincida en el mismo hecho, multa de conformidad con lo dispuesto por el Art. 83º, por una fecha efectiva”, agrega el artículo.

Además la AFA obliga a los clubes a “promover mediante los parlantes del estadio o por otros medios de comunicación eficiente, el conocimiento de los alcances de esta disposición, a fin de evitar los hechos o actos que se reprimen”.

En los momentos en los que han ocurrido hechos discriminatorios en el fútbol argentino, los árbitros no han tomado decisión mayor que frenar el partido hasta que los hincha cesen con los cantos u otros actos.

Más severa es la situación en el ámbito de la Conmebol. Debido al crecimiento de los hechos de discriminación en los partidos, especialmente racismo, en 2022 decidieron modificar el artículo 17 del Código Disciplinario para endurecer las penas.

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De esta forma, “cualquier jugador u oficial que insulte o atente contra la dignidad humana de otra persona o grupo de personas, por cualquier medio, por motivos de color de piel, raza, sexo u orientación sexual, etnia, idioma, credo u origen será suspendida por un mínimo de cinco partidos o por un periodo de tiempo mínimo de dos meses”.

Además, las asociaciones o clubes cuyos aficionados insulten o atenten contra la dignidad humana de otra persona o grupo de personas recibirá una multa de al menos US$ 100.000, como también el cierre parcial o total de su estadio para jugar a puertas cerradas sin público.

En el último tiempo, hubo varios hechos que llamaron la atención tanto en la Copa Libertadores y Copa Sudamericana, como en los partidos de selecciones de Eliminatorias, que derivaron en severas sanciones e incluso detenciones.

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Por su parte, la FIFA también tiene en su Código Disciplinario una serie de medidas a tomar en el caso de discriminación. “Toda persona que atente contra la dignidad o la integridad de un país, una persona o un colectivo de personas empleando palabras o acciones despectivas, discriminatorias o vejatorias por motivos de raza, color de piel, origen étnico, nacional o social, género, discapacidad, orientación sexual, lengua, religión, posicionamiento político o de cualquier otra índole, poder adquisitivo, lugar de nacimiento o por cualquier otro estatus o razón será sancionada con una suspensión que durará al menos diez partidos o un periodo determinado, o con cualquier otra medida disciplinaria adecuada”, reza el artículo 15.

Además, advierte que “si uno o más seguidores de una federación o un club adoptan la conducta descrita”, las federaciones o clubes pueden recibir varias penas: cuando se trate de la primera infracción, la disputa de un partido con un número limitado de espectadores y una multa de al menos 20.000 francos suizos; cuando se trate de reincidencias o si las circunstancias del caso lo requieren, medidas disciplinarias como la implementación de un plan de prevención, una multa, la deducción de puntos, la disputa de uno o más partidos a puerta cerrada, la prohibición de jugar en un estadio determinado, una derrota por retirada o renuncia, la exclusión de una competición o el descenso de categoría”.

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Salvo en circunstancias excepcionales, si el árbitro decreta la suspensión definitiva del partido por conducta racista y/o discriminatoria, se declarará la derrota por renuncia o retirada”, agrega la normativa.

Y sigue: “El órgano judicial competente puede divergir de las sanciones mínimas descritas anteriormente si la federación y/o club afectado se compromete a trabajar, junto con la FIFA, en un plan exhaustivo que garantice que actuará en casos de discriminación y evitará la reincidencia. El plan deberá ser aprobado por la FIFA y deberá incluir, al menos, los siguientes tres ámbitos: Actividades educativas; Seguridad del estadio y medidas de diálogo (incluidos un protocolo para identificar a los infractores y tratar con ellos mediante sanciones en materia de fútbol, otro protocolo para determinar cuándo derivar el caso a las autoridades judiciales, y un diálogo con la afición e influencers para lograr el cambio); y Alianzas (se incluye trabajar con la afición, ONG, expertos y grupos de interés para asesorar y respaldar el plan de acción y garantizar una implementación eficaz y continua)”.

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