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Una diputada pidió que Alberto Fernández no cobre la pensión como expresidente: el motivo
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Una diputada pidió que Alberto Fernández no cobre la pensión como expresidente: el motivo

A poco de que culmine su mandato, desde la Coalición Cívica hicieron una presentación para que el presidente Alberto Fernández no pueda cobrar la pensión correspondiente por su cargo.

El pedido fue impulsado por la diputada Marcela Campagnoli, que envió un escrito a la Procuraduría de Investigaciones Administrativa “para que se investigue el accionar y la conducta en ejercicio” de las funciones del mandatario.

En diálogo con Newsweek Argentina, la legisladora reclamó la “carencia de honorabilidad” de Alberto Fernández para que pueda solicitar la pensión vitalicia establecida en la Ley 24.018.

Campagnoli menciona cinco puntos que fueron denunciados. El primero, el “incumplimiento de deberes públicos” al “seguir ostentando el cargo de docente universitario, mientras que la Constitución impide que tenga otra actividad que no sea la de Presidente”.

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Además, apuntó al Vacunatorio VIP y la polémica fiesta en la Quinta de Olivos en medio de la pandemia, que consideró como una “violación a la Ley de ética pública”. A esto sumó el nombramiento de la jueza Ana Figueroa y “el desconocimiento del fallo de la Corte Suprema para que se restituya la coparticipación a la Ciudad de Buenos Aires”.

También criticó que el jefe de Estado delegó sus facultades presidenciales al ministro de Economía, Sergio Massa, en medio de la campaña. “Pasó a tener un rol ni secundario, todos los argentinos sentíamos vergüenza de su inactividad e ineficiencia”, manifestó.

“Uno puede gustarle o no el rol de Cristina Kirchner, pero nadie puede negar que ella ejerció el rol de presidenta. No es el caso de Alberto Fernández”, ejemplificó.

Por otro lado, el pedido de investigación alcanza también a la primera dama Fabiola Yáñez, por “utilización de la fundación del Banco Nación con el fin de promocionar su empresa personal”,

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“En base a eso le pedimos que evalúe la honorabilidad o no del presidente para poder hacerse mérito y ser beneficiado con la pensión”, remarcó Campagnoli.

Según el artículo 1 de la Ley 24.018, “el Presidente, el Vicepresidente de la Nación y los Jueces de la Corte Suprema de la Nación quedan comprendidos en el régimen de asignaciones mensuales vitalicias que se establecen en el presente capítulo a partir del cese en sus funciones”.

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