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¿Milei puede hacer una consulta popular sobre la Ley Ómnibus?
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¿Milei puede hacer una consulta popular sobre la Ley Ómnibus?

Tras la caída de la Ley Ómnibus en Diputados, desde el gobierno expresaron la idea de realizar una consulta popular para saber si la gente apoya o no la normativa. Ahora bien, ¿qué dice la Constitución sobre este tema?

Félix Lonigro, abogado constitucionalista, conversó con Cristina Pérez en Radio Rivadavia explicó: «Los mecanismos de participación popular, la consulta, la iniciativa popular son incorporados a la Constitución en el año 1994». Aquí aclaró que «si bien (Raúl) Alfonsín hizo una consulta popular antes no estaba regulada constitucionalmente».

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«Ahora está prevista la consulta popular y la puede convocar el Congreso de la Nación o el presidente», indicó al tiempo que hizo hincapié en que «si bien el presidente está autorizado para convocar a una consulta popular siempre es sobre temas que corresponden a sus atribuciones, a su competencia».

En esa línea, sostuvo que «Milei no puede hacer una consulta popular por la Ley Ómnibus porque son temas que no le corresponde a él, razón por la cual envió un proyecto de ley al Congreso» y agregó: «Son temas legislativos, entonces, el presidente no puede hacer una consulta popular, lo tiene que hacer el Congreso a través de una ley de convocatoria».

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«El presidente sí está habilitado a llamar a consulta popular cuando se trate de un decreto, convoca a la gente para que se pronuncie sobre un decreto en donde ejerce una potestad de su competencia», añadió.

Y dejó en claro «que tampoco puede hacer una consulta popular por el DNU, debido a que, también es una facultad legislativa».

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En síntesis, indicó: «El Congreso puede hacer la consulta popular por la Ley Ómnibus o por el DNU, pero para el presidente no hay margen».

El entrevistado brindó otra posibilidad y señaló que «el gobierno podría llamar a consulta popular por la Ley Ómnibus dictando un decreto de necesidad y urgencia» pero advirtió: «Corre el riesgo de que se lo declaren inconstitucional», ya que, «para hacerlo tiene que existir una urgencia que le impida esperar al Congreso».

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«Pero, en este caso, el presidente ya convocó al Congreso. Lo que pasa es que no le resultó», subrayó y recalcó: «Lo que pasa es que está usando a esta convocatoria como un plan b y para eso, no hay una necesidad y urgencia sino que lo que sucede es lo siguiente: no me gusta que el Congreso no me haya aprobado la ley, entonces le pregunto a la gente».

Para concluir, sumó que «la Justicia Electoral, que también interviene, le va a marcar a Milei el hecho de que él quiere hacer una consulta popular por si o por no para preguntarle a la gente por 300, 400 y pico de artículos y sobre temas tan diversos».

 

 

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