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¿Qué puede hacer y que no un presidente mediante un DNU?
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¿Qué puede hacer y que no un presidente mediante un DNU?

El Senado rechazó el DNU de Javier Milei, pero aun falta que pase por Diputados. En caso de que la Cámara Baja lo apruebe, ¿qué puede hacer y que no un presidente a través de un decreto de necesidad y urgencia?

El artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional, deja en claro que «el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo».

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Pero agrega que existe una excepción y es «cuando circustancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes». Acto seguido, aclara que aquí también hay una limitación, ya que, el presidente no podrá regular sobre «materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos».

Los otros, temas sobre los que sí puede actuar con decretos de necesidad y urgencia «serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros».

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¿EL PRESIDENTE PUEDE DEROGAR LEYES CON UN DNU?

Un mandatario puede dejar sin efecto leyes a través de un decreto siempre y cuando no tengan que ver con los temas expresamente prohibidos en la Constitución: materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos.

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