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La oposición denunció penalmente a Massa por incumplir el Código Electoral
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La oposición denunció penalmente a Massa por incumplir el Código Electoral

Integrantes de Juntos por el Cambio denunciaron penalmente al ministro de Economía y candidato a presidente Sergio Massa, a quien acusan de incumplir el Código Electoral.

La presentación judicial fue realizada por el abogado Yamil Santoro y el legislador porteño Roberto Gercía Moritán, ambos del partido Republicanos Unidos, que apuntaron contra el funcionario por “hacer trampa en las elecciones” tras el anuncio de nuevas medidas para beneficiar a jubilados.

Según la denuncia, que también alcanza a la titular del ANSES, Fernanda Raverta, acusa al candidato presidencial de “posible comisión de los delitos tipificados en el Art. 133 bis del Código Electoral Nacional y en el art. 248 del Código Penal”.

Este se debe a que consideran que la ampliación de los montos de los créditos de ANSES para trabajadores y jubilados puede ser un “lanzamiento de proyectos de alcance colectivo que implican actos de gobierno susceptibles de promover la captación del sufragio a favor de candidatos de la lista oficialista Unión por la Patria” para el balotaje del 19 de noviembre.

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De esta forma, incumpliría el artículo 64° quarter del Código Electoral Nacional que establece que “queda prohibido durante los veinticinco (25) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las elecciones primarias, abiertas y simultáneas, y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos”.

Además, advirtieron que el cronograma fijado por la Cámara Nacional Electoral remarca que el 25 de octubre comienza la prohibición de actos públicos mencionados en el artículo antes mencionado.

En ese sentido, desde Republicanos Unidos piden que a Massa se le aplique la pena establecida en el artículo 133° bis, que va de 1 a 10 años de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos a “los funcionarios públicos que autorizaren o consintieran la publicidad de actos de gobierno en violación de la prohibición establecida en el artículo 64 quater”.

“Prácticas electorales tan aberrantes como las descriptas constituyen un descrédito que no hace más que minar la legitimidad de las instituciones, por lo que exigimos una rápida y efectiva investigación y las más severas sanciones para los funcionarios denunciados”, manifestaron los denunciantes.

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