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Para Gil Domínguez, el DNU y la Ley Ómnibus son «un intento de reforma constitucional encubierta»
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Para Gil Domínguez, el DNU y la Ley Ómnibus son «un intento de reforma constitucional encubierta»

El abogado Andrés Gil Domínguez analizó la Ley Ómnibus que el presidente Javier Milei envió al Congreso, y consideró que junto con el DNU son “un intento de reforma constitucional encubierta”.

“El DNU 70/2023 sumado al proyecto de ley denominado ‘Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos’ es un intento de reforma constitucional encubierta sin cumplir con el mecanismo previsto por el art. 30 de la Constitución”, enfatizó.

En su cuenta de X (ex Twitter), el constitucionalista explicó que el proyecto llamado “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” declara “la emergencia pública en varias materias y la delegación legislativa que hace el Poder Legislativo al Poder Ejecutivo con arreglo a numerosas y amplias bases establecidas en el proyecto”.

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“La delegación legislativa está prevista en el art. 76 de la Constitución argentina. El Poder Ejecutivo la ejerce dictando decretos delegados mediante los cuales colegisla debiendo respetar las bases y el plazo previsto por la ley de delegación. Los decretos delegados son posteriormente controlados por el Congreso mediante el mismo mecanismo que los decretos de necesidad y urgencia”, señaló.

En ese sentido, mencionó que “la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia requiere que las bases sean precisas y no se hagan de forma indeterminada”. “De lo contrario, la ley o el decreto serán inconstitucionales”, resaltó.

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Por otro lado, Gil Domínguez dijo que el proyecto “está integrado por leyes que se derogan y modifican (por sustitución, modificación, incorporación), como así también por nuevas leyes que se sancionan”, y que busca establecer “las autorizaciones o facultades que realiza el Poder Legislativo al Poder Ejecutivo en cuanto el dictado de cierta normativa”.

Sin embargo, el constitucionalista marcó que el principal problema del proyecto de ley es que “se basa solamente en la Constitución de 1853 y desconoce las reformas constitucionales posteriores (especialmente la de 1957 y la de 1994) como si no existieran”.

Además, “coexisten normas que colisionan directa o indirectamente con la Constitución argentina con otras que dependen de la voluntad legislativa, por lo cual el proyecto no se puede aprobar como un bloque”.

“De igual manera, las bases de delegación consisten en 16 habilitaciones tan amplias e indefinidas que son asimilables a la transferencia de funciones legislativas por parte del Poder Legislativo al Poder Ejecutivo prohibidas por el art. 29 de la Constitución”, advirtió.

Gil Domínguez puntualizó en una contradicción de Milei, ya que la Ley Ómnibus pide al Congreso que ratifique el DNU 70/2023: “El Poder Ejecutivo habilita sesiones extraordinarias para que se ratifique un DNU que solo puede constitucionalmente dictarse cuando el Congreso no puede funcionar. Con esto basta para el dictado de una medida cautelar”.

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