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Cuáles son los 15 puntos que la CGT le exigirá al próximo gobierno en el ámbito laboral
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Cuáles son los 15 puntos que la CGT le exigirá al próximo gobierno en el ámbito laboral

A la espera del ballotage entre Sergio Massa y Javier Milei, la Confederación General del Trabajo (CGT) dio a conocer un documento en el que precisó 15 puntos para lograr la «Unidad Nacional para el Desarrollo, la Producción y el Trabajo».

En el marco de una conferencia de prensa, el secretario general de la CGT, Héctor Daer, explicó: «Queríamos hacer públicos estos puntos para que tengan efecto público sus respuestas» y recalcó: «Son ejes troncales de la construcción del país, de la Nación y de la sociedad a partir del 11 de diciembre de este año».

A su vez, indicó que la idea es que los dos candidatos «se expresen ellos mismos en el transcurso de estos días».

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LOS 15 PUNTOS DE LA CENTRAL OBRERA

– Sostener la plena vigencia de los artículos 14 y 14 bis de la Constitución Nacional, que hacen a la base fundamental de los derechos del trabajo.

– Defensa de los derechos colectivos e individuales, a través de la garantía de paritarias libres, los convenios colectivos de trabajo, que garanticen una mejor distribución del salario y del ingreso.

Progresividad de los derechos laborales y sociales.

– Sostener la convocatoria regular al Consejo del Salario Vital, Mínimo y Móvil, órgano tripartito de un invaluable de valor en términos de ser el piso garantizado para todos los trabajadores de la Argentina, hoy también vinculado a la jubilación mínima y a los planes sociales.

-Garantías para la implementación y funcionamiento del Consejo Económico y Social, órgano colegiado y de participación ciudadana para el debate y la búsqueda de consensos.

-Sostener el fuero laboral como lugar en la Justicia en donde se dirimen todos los pleitos que tienen los trabajadores con los empleadores.

-Implementación de un proceso de crecimiento de trabajo registrado y digno, con una remuneración justa y suficiente para garantizar el derecho a la salud, educación y esparcimiento a todos los trabajadores.

– Pleno funcionamiento y adecuado financiamiento de los sistemas de seguridad social contributivos, a partir del aporte obligatorio de todos sus actores.

-La promoción de la empleabilidad mediante el aprendizaje continuo y la mejora de las habilidades laborales a través de la educación, capacitación y formación técnico y profesionales permanente de las y los trabajadores.

– Implementación del Convenio N° 190 y las Recomendaciones de la OIT sobre la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, asegurando la contratación equitativa de género y diversidades, garantizando igual remuneración por igual tarea.

-La participación gremial en las políticas de vivienda para asegurar que las necesidades de los trabajadores y sus familias sean tomadas en cuenta.

– La protección de toda persona trabajadora y su familia por medio del sistema previsional y de seguridad social, garantizando jubilaciones ajustables automáticamente con los promedios del salario establecidos por las convenciones colectivas.

– La disminución de la jornada laboral para garantizar el bienestar de los trabajadores.

– La Educación Pública, Obligatoria y Gratuita, garantizada por la Constitución Nacional.

– La inversión en la obra pública para el impulso de políticas energéticas, viales, educativas y de salud.

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¿QUÉ DERECHOS CONTEMPLAN LOS ARTÍCULOS 14 Y 14BIS?

Los artículos 14 la Constitución Nacional establece que «todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender».

El artículo 14bis fue un agregado que se le sumó al texto original y detalla que:

«El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática».

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«Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo».

«El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna».

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