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Blanqueo de capitales: adherirse o no adherirse, esa es la cuestión en 2023
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Blanqueo de capitales: adherirse o no adherirse, esa es la cuestión en 2023

Por Guillermo Pérez (*) y Leandro Ameri (**)

El año 2023 se presenta para la Argentina con enormes desafíos en términos macroeconómicos. La reducción sostenida de la inflación es el mayor de los desafíos. Abordarlo exitosamente, exige la consolidación de la reducción del déficit fiscal primario y el fortalecimiento de las reservas internacionales. Desde un punto de vista fiscal, los principales temas en la agenda 2023 están íntimamente relacionados con estas cuestiones.

Tanto las distintas versiones de blanqueo que abordaremos, como el establecimiento de un acuerdo de intercambio de información fiscal automático con EEUU, gobiernan la agenda fiscal de este año.

Estas herramientas tributarias pretenden ayudar en ambos frentes. Por un lado, incrementando la recaudación fiscal a través del pago del impuesto especial de blanqueo y del pago de los impuestos vigentes hacia delante. Por otro lado, aportando dólares a la economía argentina que estaban fuera del circuito formal, mejorando las magras reservas internacionales actuales.

Respecto a los blanqueos vigentes, el primero es el blanqueo de capitales afectados a proyectos inmobiliarios, cuya vigencia continua hasta el próximo 17 de agosto de 2023.

Este blanqueo tiene una tasa del 5% al 20% del monto a blanquear dependiendo de la fecha en la que se depositen los fondos exteriorizados. Importante: los dólares blanqueados se convierten, para el pago del impuesto, al cambio oficial mientras que se usan al cambio libre (MEP o CCL), lo que reduce la tasa efectiva del impuesto, en el monto de la brecha cambiaria.

Actualmente, está vigente la tasa del 10% para los fondos depositados hasta el 18/02/2023 y la del 20% para los fondos que se depositen hasta el 17/08/2023.

Los fondos blanqueados deberán afectarse, únicamente, al desarrollo o a la inversión de proyectos inmobiliarios en el país, debidamente registrados hasta el 30/12/2024.

Guillermo Pérez

Estos proyectos pueden ser obras privadas nuevas iniciadas a partir del 12/03/2021, o bien privadas que a dicha fecha posean un grado de avance inferior al 50% de la finalización de la obra.

En adición, la Ley de Presupuesto Nacional 2023, estableció la posibilidad de blanquear fondos a través de la compra de inmuebles usados para afectarlos exclusivamente como casa-habitación o destinarlos al alquiler, por un plazo no inferior a 10 años.

En ambos supuestos, el valor de adquisición del inmueble deberá resultar igual o inferior a dos veces el importe previsto como mínimo no imponible para casa habitación en el Impuesto sobre los Bienes Personales (91 millones de pesos).

También la Ley de Presupuesto 2023 admite el blanqueo del giro de divisas aplicable al pago de importaciones para consumo de bienes y servicios, destinados a procesos productivos.

Este blanqueo permite, tanto a empresas como a individuos, declarar de manera voluntaria ante la AFIP la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior desde la fecha de entrada en vigencia (diciembre 2022) y hasta transcurrido el plazo de 360 días corridos.

Leandro Ameri

El impuesto especial de este blanqueo tiene un esquema similar al del blanqueo de la construcción: 5% si se ingresa dentro de los 90 días de vigencia, 10% en los 90 días siguientes, y 20% en los 180 días restantes.

Por último, y muy importante, en diciembre 2022 se firmó un Acuerdo de Intercambio de Información Automático entre Argentina y Estados Unidos. Su aplicación se encontraría sujeta a que los EEUU notifique por escrito a la Argentina que sus procesos permiten mantener la confidencialidad de la información y garantizar intercambios de información efectivos y confiables. Afecta a contribuyentes argentinos que no hayan declarado “Rentas Financieras” de fuente/origen estadounidense y que respondan a activos depositados en entidades financieras de EEUU.

La información, en esta etapa, no incluirá tenencia de inmuebles o sociedades, ni saldos, ni movimientos bancarios, solo rendimientos.

El interrogante respecto a si este acuerdo podrá constituirse en un elemento disparador para la adhesión a los actuales y/o futuros blanqueos en proyecto, dependerá en última instancia de la situación tributaria de cada contribuyente en particular y de su percepción de riesgo respecto a la evolución que este acuerdo pueda tener en el mediano plazo.

Estos temas fiscales, que son de altísimo impacto, influirán en la mejor o peor performance de la agenda económica 2023 de Argentina.

(*) Guillermo N. Perez, presidente de Grupo GNP
(**) Leandro Ameri, gerente de Grupo GNP

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